IVA en Costa Rica: la tarifa general y las reducidas
La respuesta corta
La tarifa general del IVA en Costa Rica es de 13 %. La ley fija tarifas reducidas de 4 %, 2 %, 1 % y 0,5 % para ciertos bienes y servicios, como la salud privada, los medicamentos, la educación privada o la canasta básica, y algunas operaciones, como las exportaciones, están exentas. Su código CABYS trae la tarifa que normalmente le corresponde a lo que vende: búsquelo en el buscador de códigos CABYS.
Las tarifas y sus códigos
Cada línea de una factura electrónica lleva el código de su tarifa. Estos son los de la ley, con el nombre que les da Hacienda y lo que la ley pone en cada uno:
- Código 08Tarifa general 13%
- Todo lo que la ley no pone en una tarifa reducida ni exenta.
- Código 04Tarifa reducida 4%
- Los boletos aéreos con origen o destino en el país (en un vuelo internacional, sobre el 10 % del valor del boleto) y los servicios de salud privados de centros de salud y de profesionales en ciencias de la salud con el permiso que pide la ley (los profesionales, además, incorporados a su colegio).
- Código 03Tarifa reducida 2%
- Los medicamentos y lo necesario para producirlos que apruebe Hacienda, la educación privada (salvo la exenta), las primas de seguros personales, y lo que compran y venden para sus fines las instituciones estatales de educación superior, sus fundaciones, las instituciones estatales, Conare y Sinaes.
- Código 02Tarifa reducida 1%
- La canasta básica y los bienes agropecuarios que están en ella, con lo necesario para producirlos; el trigo, la soya, el sorgo, la palma aceitera y el maíz para alimento animal; los productos veterinarios e insumos agropecuarios y de pesca (salvo la deportiva) que definan el MAG y Hacienda; y ciertos protectores solares.
- Código 09Tarifa reducida 0.5%
- Los productos agropecuarios o agroindustriales orgánicos con su registro y su certificación, y el equipo, la maquinaria y los insumos que apruebe el MAG para los grupos de productores orgánicos.
- Código 10Tarifa Exenta
- Las operaciones exentas del artículo 8 de la ley, como las exportaciones.
El Anexo de los comprobantes tiene otros códigos, como el 01 y el 11 (tarifa 0 %) para operaciones no sujetas, y algunos que solo se usan en notas de crédito y débito.
Cómo saber la tarifa de lo que vende
Busque el código CABYS de lo que vende: cada código trae la tarifa que le da el catálogo.
Si duda entre dos códigos, compare lo que incluye cada uno: vea cómo elegir el suyo.
Revise si la venta es una exportación, si es a la CCSS o a una municipalidad, o si su cliente tiene una exoneración: en esos casos, la tarifa de su factura puede ser otra.
La declaración del mes
En el régimen general, la ley pide declarar el IVA de cada mes a más tardar el día 15 del mes siguiente, aunque no haya impuesto que pagar o el saldo sea a su favor; lo que vendió de contado se paga al presentar la declaración. En el régimen simplificado se declara cada tres meses, en los primeros quince días de octubre, enero, abril y julio.
En Defijo
- Cada línea lleva la tarifa de su servicio guardado o de su código CABYS: Defijo no la inventa ni pone una por defecto.
- Defijo calcula el IVA y los totales, y el cierre de cada mes le muestra sus ventas y sus compras por tarifa.
Preguntas
¿Cuál es la tarifa del IVA en Costa Rica?
La general es de 13 %. Hay tarifas reducidas de 4 %, 2 %, 1 % y 0,5 % para lo que la ley enumera, y operaciones exentas, como las exportaciones.
¿Los servicios de salud privados pagan 4 %?
Sí, cuando los prestan centros de salud o profesionales en ciencias de la salud con el permiso que pide la ley; los profesionales, además, deben estar incorporados a su colegio.
¿Cuándo se declara el IVA?
En el régimen general, cada mes, a más tardar el día 15 del mes siguiente, aunque no haya impuesto que pagar. En el régimen simplificado, cada tres meses, en los primeros quince días de octubre, enero, abril y julio.
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Crear mi cuentaFuentes
- Anexos y Estructuras de los comprobantes electrónicos, versión 4.4: tarifas y códigos del IVA (nota 8.1)Ministerio de Hacienda, 22/04/2026
- Ley 6826, Ley del Impuesto al Valor Agregado, artículos 8, 10, 11, 27 y 38 (texto vigente)Sistema Costarricense de Información Jurídica
Revisado el 29/10/2026. Todas las guías
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